Declaración de Sostenimiento (Formulario I-864)
Actualizado 2026-05-29 · Información general, no asesoría legal.
La Declaración de Sostenimiento, Formulario I-864, es un contrato legalmente exigible en el que un patrocinador se compromete a mantener económicamente a un inmigrante. Es obligatoria para la mayoría de las visas de inmigrante por familia, incluida la visa de cónyuge CR-1/IR-1.
Quién Debe Presentarla
El peticionario (el ciudadano o residente permanente que presentó el I-130) debe ser el patrocinador. Debe tener al menos 18 años y domicilio en Estados Unidos.
El Requisito de Ingresos
El patrocinador debe demostrar ingresos de al menos el 125% de las Pautas Federales de Pobreza según el tamaño de su hogar. El personal militar en servicio activo que patrocina a su cónyuge o hijo solo debe cumplir el 100%. El tamaño del hogar incluye al patrocinador, sus dependientes, el/los inmigrante(s) y cualquier otra persona que el patrocinador mantenga.
Si los Ingresos No Bastan
- Copatrocinador: otra persona calificada que cumple el 125% por su cuenta y presenta su propio I-864.
- Ingresos de un miembro del hogar: un familiar del hogar puede sumar ingresos mediante el Formulario I-864A.
- Bienes: ahorros, propiedades o inversiones pueden complementar los ingresos (por lo general valorados en 3 a 5 veces el faltante, según el caso).
Qué Formulario Usar
- I-864: la declaración estándar.
- I-864EZ: para un único patrocinador que se basa solo en el salario de un W-2.
- I-864A: contrato para un miembro del hogar que aporta ingresos.
- I-864W: solicitud de exención (para inmigrantes que ya tienen suficientes trimestres de trabajo calificados).
Documentos a Presentar
- Declaración de impuestos federal más reciente o transcripción del IRS (a menudo los últimos 3 años)
- W-2 y talones de pago recientes
- Prueba de ciudadanía o residencia permanente y de domicilio en EE. UU.
- Para un copatrocinador: su propio I-864 y documentos financieros
Cuándo Termina la Obligación
La responsabilidad del patrocinador termina cuando el inmigrante se hace ciudadano, acumula 40 trimestres de trabajo calificados (unos 10 años), abandona EE. UU. de forma permanente o fallece. El divorcio no la termina.
Preguntas Frecuentes
¿Cuántos ingresos necesito para el I-864?
Al menos el 125% de las Pautas Federales de Pobreza según el tamaño de su hogar (100% para militares en servicio activo que patrocinan a su cónyuge o hijo). Las cifras se actualizan cada año.
¿Alguien puede ayudarme a patrocinar?
Sí. Un copatrocinador puede presentar su propio I-864, o un miembro del hogar puede sumar ingresos con el Formulario I-864A.
¿Mi obligación termina si nos divorciamos?
No. El divorcio no termina la obligación del I-864. Solo termina con la ciudadanía, 40 trimestres de trabajo, la salida permanente de EE. UU. o el fallecimiento.